Segunda Etapa
¿Qué pruebas necesita el comité?
Una vez que el comité haya definido claramente las alegaciones fácticas bajo investigación, puede comenzar a planificar la indagación. Esto incluye identificar los tipos de pruebas que deben recopilarse y determinar los pasos necesarios para obtenerlas.
Deben seguirse todas las líneas de investigación pertinentes, incluida la exploración de posibles pruebas exculpatorias. El objetivo es reunir la mejor evidencia posible. Como mínimo, deben entrevistarse el denunciante, el sujeto de la denuncia y cualquier testigo relevante, garantizando que cada uno tenga una oportunidad justa de presentar su versión de los hechos.
El comité debe asegurarse de recopilar no solo pruebas que respalden la denuncia, sino también pruebas que puedan exonerar al sujeto, como testigos que aporten información en su defensa.
Las pruebas atenuantes, como una expresión de arrepentimiento o circunstancias personales, no son relevantes para determinar si existe evidencia suficiente para fundamentar los hallazgos fácticos. Sin embargo, el comité debe registrar cualquier posible factor atenuante y reflejarlo en el informe final, para que la administración pueda considerarlo al evaluar posibles medidas disciplinarias.
Tipos de evidencia a considerar:
- Testigos – entrevistas con personas que tengan conocimiento relevante de la alegación.
- Documentos – registros, archivos, expedientes, impresiones, fotografías.
- Documentos digitales – discos duros, memorias USB, registros telefónicos, archivos de correo electrónico.
- Evidencia física – ropa, objetos.
