Conductas clave de los investigadores

Conductas clave de los investigadores

El propósito de una investigación es reunir y evaluar información pertinente a fin de establecer los hechos que dieron lugar a la alegación de conducta prohibida. Para ello, el Panel deberá, en todo momento, desempeñar sus funciones de conformidad con los siguientes principios:

PrincipiosDefinición
ObjetividadLas conclusiones deberán basarse en hechos debidamente comprobados y en el análisis correspondiente, y no en conjeturas, suposiciones o presunciones.
ImparcialidadNo se deberá abogar por ninguna de las partes ni mostrar sesgo alguno a favor o en contra de cualquiera de ellas.
IndependenciaNo se deberá intentar resolver o mediar el asunto objeto de investigación. Todo posible conflicto de intereses deberá declararse de manera oportuna.
HonestidadNo se deberán tergiversar ni falsear los hechos.
EnfoqueLa investigación se limitará estrictamente a los asuntos planteados y comprendidos dentro del alcance definido en los términos de referencia.
CortesíaEl personal investigador deberá comportarse de manera educada, profesional y no confrontacional en todas las interacciones.
ProntitudLas actuaciones deberán llevarse a cabo sin demoras indebidas. Toda demora deberá estar debidamente justificada y documentada.
ConfidencialidadNo se realizará ninguna divulgación de información sin la debida autorización.
EquidadSe deberá actuar de manera justa y razonable, sin sesgo alguno, explorando todas las líneas de investigación pertinentes y examinando tanto las pruebas incriminatorias como las exculpatorias.


La forma de aplicar estos principios en distintos contextos se desarrolla en el presente toolkit.

Disposicion pertinente:

 

Consideración del contexto emocional en una investigación

Se encomienda al Panel la tarea de reunir información y establecer los hechos. Se trata de un ejercicio de carácter analítico. No obstante, las investigaciones se refieren a personas reales y, con frecuencia, se desarrollan en un contexto emocionalmente intenso. Ser un investigador o investigadora competente implica reconocer la existencia de estas emociones y tenerlas debidamente en cuenta durante el proceso, sin apartarse en ningún momento de las competencias fundamentales del personal investigador.

A continuación se indican algunas de las posibles emociones que pueden experimentar los testigos, las personas afectadas y los presuntos infractores durante una investigación:

Vergüenza
  • Por la naturaleza de la conducta
  • Por verse involucrados en el proceso
Culpa
  • Como consecuencia del impacto, ya sea en sí mismos o en otras personas
  • Derivada de predisposiciones culturales
Confusión
  • En relación con el proceso de investigación
  • Respecto de la función y el papel del personal investigador
Desconfianza
  • Hacia el sistema
  • Hacia las personas involucradas, incluido el personal investigador o la autoridad decisoria
Temor
  • A represalias o consecuencias adversas
  • A expresar los hechos o su testimonio
  • Al impacto en la reputación personal o profesional
Ira
  • En relación con las conductas investigadas
  • Porque dichas conductas hayan sido toleradas
  • Como resultado de percepciones de trato injusto

 

Los miembros del Panel deberán ser conscientes del potencial de respuestas emocionales, por cuanto estas:

  • Serán pertinentes para la manera en que el Panel lleve a cabo las entrevistas. Por ejemplo, los testigos pueden necesitar una pausa o la presencia de una persona de apoyo durante una entrevista; y
  • Pueden ser relevantes para el establecimiento de los hechos por parte del Panel (por ejemplo: Sophie manifestó una clara desconfianza hacia el proceso de investigación, tendiendo a no responder a las preguntas a menos que se le insistiera y cuestionando la autoridad del Panel para investigar. Mencionó reiteradamente su preocupación respecto de lo que podría ocurrir con las personas investigadas. El Panel concluye que Sophie pudo haber omitido cierta información como resultado de dichas preocupaciones).

Cuando el Panel tenga inquietudes acerca del bienestar de una persona en el contexto de una investigación, deberá informarle sobre los mecanismos de apoyo disponibles, como el Asesor de Bienestar del Personal (Staff Counsellor). Si dichas inquietudes surgen durante el transcurso de una entrevista —por ejemplo, si la persona entrevistada parece indispuesta o visiblemente angustiada—, el Panel deberá suspender la entrevista y hacer una pausa antes de continuar.

Es importante recordar que la función del Panel es establecer los hechos. El Panel no deberá formular recomendaciones ni sugerencias a las personas afectadas, a los presuntos infractores o a los testigos. Si alguna de estas personas expresa el deseo de recurrir a la mediación o a una resolución informal, el Panel podrá informarles de la existencia de dicha opción, sin formular recomendaciones que puedan poner en tela de juicio su imparcialidad.

Disposicione pertinente: